COMUNIDADES
Servicios para Comunidades
Nuestra empresa está dedicada profesionalmente a la Administración de Fincas manteniendo nuestra cartera de clientes en Los Santos de la Humosa, Villvalbilla y Alcalá de Henares.
Destacamos entre las funciones que se detallan más adelante:
- Envío de cuentas trimestral a la Junta Rectora y a la Comunidad.
- Organización de las comunicaciones entre los copropietarios y la Junta Rectora y la Administración.
- Revisión de los contratos formalizados por la Comunidad. Asesoramiento en cuanto a precios de mercado y solvencia de las compañías.
- Seguimiento y resolución de averías e incidencias comunitarias, con el conocimiento y visto bueno del Presidente. Control de los siniestros con la aseguradora.
- Visado de las facturas por parte del Presidente que no correspondan a pagos regulares.
- Condiciones bancarias ventajosas, impidiendo descubiertos en la cuenta bancaria mancomunada.
Las funciones que desarrollamos como Administración de Comunidades de Propietarios son las siguientes:
GENERALES
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 20 de la Ley 49/60 de 21 de Julio de 1990, modifica por la Ley 8/1999 de Abril, sobre Propiedad Horizontal:
1. Velar por el buen régimen de la finca, sus instalaciones y servicios:
Asesoramiento en temas de:
- Ascensores: Legislación aplicable y uso adecuado
- Antenas de Televisión. Radioaficionados: Legislacióna plicable y uso adecuado.
- Prevención de incendios. Extintores: Legislación aplicable y uso adecuado.
- Seguros: Pólizas existentes más ventajosas. Normativa aplicable.
- Garajes: Normativa en vigor y uso más adecuado.
- Canalización de agua, electricidad y gas: Legislación aplicable y seguimientos.
- Piscina: Normativa en vigor. Reglamento de uso interno.
2. Preparar el plan de gastos y someterlo a la Junta.
- Envío trimestral al Presidente y a la Comunidad del estado de cuentas de la misma: balances de gastos e ingresos.
- Confección de presupuestos.
- Cobros y pagos por realizar.
- Control y seguimiento de impagados, a través de PLCM del Colegio de Administradores de Fincas.
- Pago de contribuciones, árbitros, gravámenes, seguros y demás impuestos y gastos de la finca.
3. Atender a la conversación y mantenimiento de la finca.
- Disponer las reparaciones y medidas que resulten urgentes con consentimiento del Presidente.
4. Ejecución de los acuerdos adpotados por la Junta.
5. Actuar como Secretario-Administrador de la Comunidad:
- Asistencia a Juntas: 1 Ordinaria al año, sin cargo alguno para la Comunidad, a partir de la segunda se minutará de conformidad con lo establecido en el Baremo de Honorarios profesionales en cada momento.
- Convocar con la suficiente antelación las Juntas.
- Redacción, envío y custodia de las Actas de la Comunidad.
- Notificación de Acuerdos adoptados.
6. Todas las demás atribuciones que le confiera la Junta de Propietarios.
GESTIÓN
- Ante Ayuntamientos (tasas de paso de carruajes, IBI), Juntas de Distritos y demás Organismos Públicos.
- De Impuestos: I.R.P.F. e I.V.A.
- Ante la Seguridad Social: Relación laboral de los trabajadores. Liquidaciones, altas y bajas.
- Con Bancos: cuenta abierta en el banco o Caja que la Comunidad escoja, con el tipo de firma que sea decidida por la propia Comunidad y seguimiento actualizado de la misma. Mejores condiciones bancarias del sector.
- Con Promotoras y Constructoras realizando un estrecho seguimiento de la solución a vicios y defectos de construcción que pueda surgir.
- Ante las Compañias de suministros de la Comunidad.
- Ante las Compañias de Seguros. Tramitación y seguimiento hasta la resolución de los siniestros.
- Redacción de contratos de empresas de servicios. Comprobación del cumplimiento por parte de las empresas de las normativas laborales. (Personal asegurado y riesgos laborales)
PERSONAL DE LA FINCA
- Seguimiento del trabajo del personal contratado por la Comunidad.
- Elaboración de contratos de trabajo. Nóminas y Seguros Sociales mensuales.
- Posibles incentivos, suvenciones y ayudas para la Comunidad.
- Certificado de retenciones.
- Cumplimiento de la Ley en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
- Cumplimiento de las funciones del empleado, según el Convenio Colectivo de Empleados de Fincas Urbanas.
ASESORAMIENTO JURÍDICO Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.
1. En Juntas con conocimiento profundo de la Normativa que afecta a Comunidades:
- Ley de Propiedad Horizontal 49/1960, reforma por la ley 8/1999.
- Código Civil y Ley de Enjuiciamiento Civil.
- Ley de Arrendamientos Urbanos.
- Normativa municipal vigente.
- Específicas de servicios e instalaciones (detalladas en primer punto).
- Legislación laboral en vigor.
- Convenios colectivos de Empleados de fincas, garajes y piscinas.
2. En los procesos de Impagados, a través de PLCM del Colegio de Administradores de Fincas.
OFICINA/MEDIOS INFORMÁTICOS
- Contacto regular con el Presidente asistiéndole en los problemas diarios y aportando soluciones.
- Contacto regular con el Empleado para que comunique cualquier incidencia o avería, para trasladársela al Presidente para su solución.
- Revisión de los contratos de las empresas que prestan sus servicios para comprobar que tanto sus funciones como precio son las que se ofertan en el mercado.
- Horario de atención en oficina de 8 a 15 horas de lunes a viernes, hasta 21 horas telefónicamente, y a través de la dirección de correo electrónico: seroanda@seroanda.com. Previa cita también se podrán atender visitas fuera de este horario.
- Oficina con los medios informáticos necesarios entre los que se encuentran: Ordenadores en red. Correo electrónico. Página Web. Certificados Digitales de las Comunidades para la Gestión del Buzón de Notificaciones Telemáticas, en cumplimiento de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.